Situación general · Paso 1 de 4
¿Cuánto suman tus deudas aproximadamente?
Sin cálculos exactos — un rango basta. Todo lo hablamos con confidencialidad amparada por el secreto profesional.
Total de tus deudas
Sé el importe exacto — introducirlo
Tu situación profesional
¿Desde cuándo llevas sin poder atender las cuotas mensuales?
Abogados especialistas en Derecho Concursal — ICAM
Ley de Segunda Oportunidad · Ley 16/2022 · TRLC vigente. Gestión 100% online.
Deudas críticas · Paso 2 de 4
¿Tienes deudas especiales?
Algunas deudas tienen tratamiento distinto en la Ley de Segunda Oportunidad. Si no las tienes, en 20 segundos pasas al siguiente paso.
¿Tienes deuda con Hacienda o Seguridad Social?
¿Tienes alguna de estas deudas especiales? (importante saberlo)
Estas deudas no se cancelan en la Ley de Segunda Oportunidad. Marca todas las que apliquen o "ninguna".
¿Tienes tarjetas revolving o microcréditos rápidos?
Marca las que tengas — algunas se pueden anular por usura antes incluso del concurso.
Patrimonio y capacidad · Paso 3 de 4
Tu situación económica
Con esta información valoramos si eres deudor sin masa (vía rápida) o si conviene un plan de pagos.
¿Cuál es tu situación de vivienda?
Tus ingresos netos mensuales
Sé el importe exacto — introducirlo
Nómina, prestaciones, pensión, autónomo... suma total que entra cada mes.
Tus gastos esenciales mensuales
Sé el importe exacto — introducirlo
Alquiler o hipoteca + suministros + alimentación + transporte + colegios o salud. Suma aproximada.
Situación familiar
Estado civil
¿Personas dependientes económicamente?
¿Tienes alguna situación urgente ahora mismo?
Último paso · Paso 4 de 4
Recibe tu informe jurídico
Te lo enviamos por email en menos de 60 segundos. También te lo revisará un abogado colegiado ICAM.
Imprescindible para enviarte el informe.
Debes aceptar la política de privacidad para continuar.
¿Quieres un análisis jurídico más preciso?
Con 3 minutos más nuestra IA generará un dictamen técnico completo en lugar de un informe preliminar. Analizaremos con detalle:
- Las 6 causas legales que podrían excluir tu exoneración (art. 487 TRLC)
- Riesgo de rescisorias por transmisiones patrimoniales últimos 4 años
- Régimen matrimonial y opción de concurso conjunto
- Importes exactos para calcular tu exoneración con precisión
- Calibración según el juzgado mercantil que te corresponde
Análisis avanzado · Paso 5 de 7
Preguntas jurídicamente decisivas
El juez evalúa la buena fe del deudor. Estas preguntas cubren las 6 causas de exclusión del art. 487 TRLC.
1.º En los ÚLTIMOS 10 AÑOS, ¿has tenido condena firme (aunque suspendida) por delitos patrimoniales, contra Hacienda/SS, falsedad, socioeconómicos o contra derechos de los trabajadores?
2.º En los ÚLTIMOS 10 AÑOS, ¿has recibido sanción firme MUY GRAVE de AEAT o SS, o acuerdo firme de derivación de responsabilidad?
3.º ¿Has tenido un concurso de acreedores anterior?
4.º En los ÚLTIMOS 10 AÑOS, ¿un juzgado te ha declarado "persona afectada" en la sentencia de calificación del concurso de UN TERCERO (empresa o particular)?
6.º ¿Contrajiste alguna deuda importante en los ÚLTIMOS 2 AÑOS sabiendo que probablemente no podrías pagarla?
Análisis avanzado · Paso 6 de 7
Tu patrimonio en detalle
Detecta riesgos de rescisorias y calibra la estrategia patrimonial.
En los ÚLTIMOS 4 AÑOS, ¿has vendido, donado o transmitido a familiares u otras personas algún inmueble, vehículo o cantidad importante (> 3.000 €)?
¿Has firmado tú algún aval a favor de terceros? (multi-select)
¿Tienes vehículo a tu nombre?
¿Otros bienes con valor > 3.000 €? (multi-select)
Análisis avanzado · Paso 7 de 7
Los datos que marcan la diferencia
Importes exactos y calibración por juzgado. Todos son opcionales — completa lo que sepas.
Ingresos y gastos exactos (opcional pero recomendado)
Calibración por juzgado y edad
Sirve para saber qué juzgado mercantil te corresponde.
¿Tienes procedimientos judiciales abiertos?
¿Estás en algún fichero de morosidad?